Plusfincas - Nuestra empresa

Plusfincas es una empresa creada solo y exclusivamente para la administración de fincas sin compartir esta actividad con ninguna otra (ejercicio abogacía,...). Es una empresa joven y con personal capacitado para prestar el mejor servicio a su comunidad. Actualmente contamos con dos oficinas en la provincia de Cádiz y amplios proyectos de futuro.
Les ofrecemos los siguientes servicios:

  1. Asesoramiento sobre la Ley de Propiedad Horizontal en todos los aspectos que pudieran tener relación con elementos comunes.
  2. Reparto y cobro de la cuotas a pagar por los propietarios.
  3. Seguimiento y control de proveedores, averías, seguros, bancos,… tratando de conseguir las mejores condiciones para la comunidad.
  4. Solicitud de presupuestos para su presentación a la Comunidad de todos los servicios que sea necesario contratar.
  5. Gestión económica completa, elaboración de  presupuestos, seguimiento, control y justificación de gastos, gestión de los ingresos,...
  6.  Informes trimestrales de ingresos, gastos e impagados.
  7. Gestión y cobro de morosos.
  8. Convocatoria y asistencia a Juntas Ordinarias y Extraordinarias, y confección del acta posterior a la Junta, y envío a todos los copropietarios.
  9. Visitas continuas a la finca para asegurar el buen funcionamiento de la Comunidad.
  10. Cualquier otra actuación que requiera la Comunidad.

Los gerentes de plusfincas cuentan con la siguiente formación:

Luis Fernández Barberá.

  1. Administrador de fincas colegiado 524.
  2. Licenciado en ciencias económicas y empresariales por la universidad de Cádiz
  3. Técnico superior en prevención de riesgos laborales en las tres especialidades técnicas, seguridad, higiene y ergonomía.
  4. Técnico superior en gestión y administración de empresas agropecuarias.

Rafael Sánchez Limón

  1. Administrador de fincas colegiado 492
  2. Licenciado en derecho por la universidad de granada.
  3. Curso en contabilidad y análisis de balances en instituto empresarial de contabilidad y economía (iece).

Formación jurídico practica en materia inmobiliaria (ley de propiedad horizontal,...).



El administrador de fincas colegiado

El Administrador de Fincas es un profesional con la formación adecuada para el desempeño de sus funciones. Para acceder al título, actualmente sólo hay dos fórmulas: la posesión de determinados títulos universitarios con los que se obtiene el acceso o aprobar el plan de estudios de la Escuela Oficial de Administradores de Fincas,  y que se desarrolla en tres años.
Al margen de la titulación con la que se haya accedido a la colegiación profesional, el colegio territorial de administradores de fincas, mantiene a sus colegiados al día de la nueva legislación, así como la formación continua de los miembros a través de revistas específicas, cursos, conferencias,...
Asimismo los administradores colegiados tienen a través del colegio un seguro de responsabilidad civil que cubren su gestión de 300.506,05€ y una fianza de 12.020,24€ para responder de las posibles negligencias u omisiones en el ejercicio de sus obligaciones. Al márgen de esta garantía económica el Colegio territorial ejerce una labor de control deontológico de las actividades de sus colegiados.
Las funciones del Administrador de fincas están reguladas en al Ley de Propiedad Horizontal y son las siguientes


a) Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares.

b) Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos.

c) Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al Presidente o, en su caso, a los propietarios.

d) Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.

e) Actuar, en su caso, como secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad.

f) Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta.
Asimismo cuando actúa como Secretario de la Comunidad, que es en la mayoría de los casos, de acuerdo con el presidente debe: Convocar la junta, asistir a las asambleas, redactar el acta y practicar las notificaciones que procedan.

 

C/ Fernando Magallanes nš5, Torrevija - Pernambuco - 952 00 20 65

 

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ADMINSTRACIÓN DE FINCAS
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